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EPTA se queja inequívocamente con las regulaciones de ADA y Título VI. Consulte nuestras políticas a continuación:
Como receptor de Fondos Federales de la Administración Federal de Tránsito, EPTA debe cumplir con el Título VI y las leyes de no discriminación subsiguientes, así como proporcionar una descripción general de cómo EPTA aborda la Orden Ejecutiva 13166 sobre Dominio Limitado del Inglés (LEP). Nuestro Plan Título VI fue desarrollado para documentar los esfuerzos que EPTA realiza de manera continua para asegurar el cumplimiento de las reglas y regulaciones asociadas con el Título VI y estatutos relacionados con respecto a la no discriminación y la justicia ambiental.
EPTA se compromete a cumplir con sus obligaciones bajo el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964 y la Ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990. Brindamos nuestro servicio sin distinción de raza, color, nacionalidad o discapacidad. Para obtener más información sobre nuestras obligaciones de no discriminación o para presentar una queja, comuníquese con nosotros al 304-263-0876 o info@eptawv.com
El Plan de asistencia lingüística de la EPTA (LAP) se desarrolló para ayudar a las personas con dominio limitado del inglés. Aquellas personas que necesiten traducción pueden utilizar la herramienta de traducción de Google para convertir cualquier documento vinculado a continuación o pueden ponerse en contacto con el centro de tránsito de EPTA para obtener más ayuda. Los procedimientos / formularios de quejas de derechos civiles de EPTA y el Plan de asistencia lingüística están vinculados a continuación para facilitar el acceso.
Plan EPTA Título VI
Procedimiento y formulario de quejas de derechos civiles de la EPTA
Plan de asistencia lingüística